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Pronunciamiento las Instituciones de Educación Superior del Estado de Morelos

“CERO TOLERANCIA AL HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y ACOSO SEXUAL”


Las Instituciones de Educación Superior del Estado de Morelos de carácter público, al ser espacios educativos, de investigación y difusión del conocimiento, tienen la responsabilidad y obligación ética, de ser portavoces de la integridad, la igualdad, la no discriminación, la cultura de la legalidad y del respeto a los derechos humanos, para eliminar de nuestra sociedad, todas las conductas que transgreden la integridad y la dignidad de las personas

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define el hostigamiento sexual como hostigamiento sexual como el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva. Mientras que el acoso sexual, es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, existe un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente que se realice en uno o varios eventos.


Estas conductas laceran la dignidad de las personas, siendo las niñas, adolescentes y mujeres las más afectadas por estos tipos de violencia en nuestra sociedad.

Ante esta realidad las personas titulares de la Universidad Politécnica del Estado de Morelos, la Universidad Tecnológica “Emiliano Zapata”, la Universidad Tecnológica del Sur de Morelos, la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, el Colegio de Morelos, el Centro Morelense de las Artes del Estado de Morelos, el Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos y la Universidad Pedagógica Nacional (Morelos), hacen explícito su pronunciamiento de CERO TOLERANCIA A LAS CONDUCTAS DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y ACOSO SEXUAL, ASÍ COMO A TODA FORMA DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES O CUALQUIER ACTO QUE ATENTE CONTRA LAS DIGNIDAD E INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS.


De forma enunciativa, más no limitativa, en estas instituciones están prohibidas las siguientes conductas:


· Realizar silbidos, señales con las manos o a través de los movimientos del cuerpo, miradas o gestos con connotación sexual.

· Tener contacto físico, sugestivo o de naturaleza sexual sin consentimiento, como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones, acorralamiento, pellizcos, roces.

· Manifestar de forma reiterada y sin consentimiento, directa o indirectamente el interés sexual por una persona, ya sea de manera presencial o por cualquier medio de comunicación.

· Realizar conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona para que se someta a sus deseos y/o intereses sexuales, o al de alguna otra u otras personas.

· Espiar a una persona mientras se cambia de ropa o está en el sanitario.

· Presionar para obtener fotografías o imágenes en cualquier circunstancia o con el agravante de que sea en ropa íntima o desnuda.

· Exhibir fotografías o imágenes con contenido pornográficos o en ropa interior con intenciones sugerentes de carácter sexual.

· Realizar promesas para obtener un beneficio personal a cambio de favores de naturaleza sexual.

· Condicionar la prestación de un trámite o servicio o evaluación escolar a cambio de que la persona acceda a acudir a citas fuera del ámbito académico y escolar o realizar conductas sexuales de cualquier naturaleza.

· Expresar comentarios, burlas, piropos o bromas hacia otra persona individualmente o en grupo que hagan referencia a la apariencia o con connotación sexual, bien sean presenciales o a través de medios digitales, incluyendo redes sociales.

· Realizar comentarios, burlas, chistes o bromas sugerentes respecto de la vida sexual de otra persona, sean de manera presencial o a través de medios digitales.

· Expresar insinuaciones, invitaciones, favores o propuestas a citas o encuentros de carácter sexual de forma reiterada y sin consentimiento fuera del centro educativo.

· Preguntar a una persona sobre historias, fantasías o preferencias sexuales o sobre su vida sexual, sin consentimiento.

· Exhibir o enviar a través de algún medio físico o digital contenido de naturaleza sexual, no deseadas ni solicitadas por la persona receptora.

· Difundir rumores o cualquier tipo de información sobre la vida sexual de una persona.

· Mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o varias personas, sin consentimiento

· Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.

· Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, conversaciones, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.


Cabe mencionar que la omisión de estas conductas, así como la omisión de actuar por parte de las autoridades responsables, conllevan sanciones de diferente naturaleza. Es por lo que se exhorta a todas las personas que integran la comunidad de estas Instituciones de Educación Superior, para cumplir con el compromiso ético y jurídico de conducirse bajo principios de igualdad y no discriminación.


En este sentido, las Instituciones de Educación Superior del Estado de Morelos, se comprometen a impulsar acciones de promuevan la igualdad sustantiva entre todas las personas que integran sus comunidades, así como implementar mecanismos de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, en todos sus espacios académicos.



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LUNES A VIERNES
9:00 A 18:00 HRS

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