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COMUNICADO 29 DE SEPTIEMBRE

A LA OPINIÓN PÚBLICA

AL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS

AL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN

A LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES


El Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos como organismo autónomo constitucional para la observancia de políticas públicas, programas y acciones que faciliten la plena incorporación de las mujeres en la vida económica, política, cultural y social reconoce que las prácticas machistas y patriarcales arraigadas, continúan obstaculizando el acceso de las mujeres a una vida libre violencias y a la Igualdad sustantiva, mismas que violentan los derechos humanos y libertades fundamentales de las mujeres niñas, adolescentes y adultas.


La violencia contra las mujeres es la consecuencia de un aprendizaje y reproducción cultural de roles y estereotipos con base en las desigualdades de género. Los prejuicios y los actos de discriminación contra las mujeres siguen haciendo eco en todos los ámbitos de la vida privada y pública.


Desafiar las prácticas patriarcales y el aumento de la participación política de las mujeres en espacios de toma de decisiones ha sido un cisma cultural que lamentablemente ha traído como consecuencia violencia machista.


Tal es el caso de la violencia política que ejerce Pedro Martínez Serrano a través de su cuenta de Facebook contra la titular de este organismo, Guadalupe Isela Chávez Cardoso y contra quienes laboramos en esta Institución. De ello, hacemos referencia en las siguientes líneas:


Con fecha de 20 de septiembre del 2023, Pedro Martínez Serrano realizó la siguiente publicación:


Así mismo, con fecha 20 de septiembre del 2023 Pedro Martínez Serrano publicó lo siguiente:



De la misma manera, con fecha 21 de septiembre del 2023 Pedro Martínez Serrano publicó lo siguiente:


Por último, el 22 de septiembre del 2023 Pedro Martínez Serrano publicó:



Lo anterior, hace evidente que las publicaciones no corresponden a un ejercicio periodístico, pues carece de todos los elementos propios de esta profesión tan digna y necesaria para la vida pública.


Desde este mecanismo, identificamos estas acciones como violencia digital y de género, mismas que están tipificadas en nuestra legislación. Las publicaciones señaladas son una evidencia de que Pedro Martínez Serrano incita al odio, reproduce discriminación, ejerce violencia de género y violencia digital. Al respecto, el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos emprenderá las acciones jurídicas pertinentes, mismas que serán necesarias para salvaguardar la integridad de la titular y de quienes integramos este Instituto.


Es importante mencionar que, como consecuencia de esta violencia, quienes trabajamos en el Instituto de la Mujer tememos por nuestra integridad al ser vulnerada nuestra dignidad humana.


Confiamos en que nuestras autoridades actuarán considerando el marco jurídico internacional y nacional, que garantiza los derechos humanos de las mujeres y su progresividad, específicamente el señalado en: el artículo 1 de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, mejor conocida como Convención CEDAW, por sus siglas en inglés, el cual manifiesta que: la expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.


Así como el artículo 2, del mismo ordenamiento el cual manifiesta que: Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a:

a) (…)

b) (…)

c) (…)

d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación;

e) Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas;


Por su parte, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, en su artículo 19 quater establece que: La violencia política es cualquier acción, conducta u omisión, que basada en elementos de género, tenga por objeto o resultado menoscabar, anular, obstaculizar o restringir el reconocimiento o ejercicio de los derechos políticos de las mujeres, su participación en asuntos públicos, o de las prerrogativas inherentes a un cargo público.


Es importante destacar que el Instituto de la Mujer para el estado de Morelos se ha conducido en apego a las normas que nos rigen tanto al interior de la institución como en los servicios que brindamos a la ciudadanía. Es por ello que confiamos en que las autoridades intervendrán para salvaguardar la integridad de las trabajadoras del Instituto de la Mujer brindándonos las medidas precautorias para poder vivir una vida libre de violencia y en Igualdad.


INSTITUTO DE LA MUJER PARA EL ESTADO DE MORELOS

POR UN INSTITUTO DE TERRITORIO




HORARIO DE ATENCIÓN
LUNES A VIERNES
9:00 A 18:00 HRS

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